Alérgenos de obligada declaración en etiquetas: ¿Cuáles son?

Alimentación

junio 15, 2022

¿Sabías que dentro de 30 años el 50% de la población será alérgica? Si tienes la sensación de que cada vez las alergias y las intolerancias son más comunes, estás en lo cierto. Hoy en día, más de dos millones de personas en España sufren alguna alergia alimentaria.

 Según los expertos, los hábitos alimenticios actuales junto con otros factores como el cambio climático o la contaminación son las causas de esta epidemia. Este tema candente preocupa a los consumidores, y no es para menos. La exposición a un alérgeno puede tener consecuencias fatales para la persona alérgica o intolerante.

 Descubre en este post cómo afecta esto a las empresas del sector de la alimentación.

5 preguntas y respuestas sobre la legislación del etiquetado de alérgenos

1. ¿Cuál es la legislación sobre los alérgenos?

En España, el Real Decreto 1334/1999 de 31 de julio recoge las normas generales sobre etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.

Años después, el Reglamento de la UE Nº 1169/2011 de 25 de octubre de 2011, que es la ley de información alimentaria sobre alérgenos, entra en vigor en diciembre de 2014 y establece la obligación de todos los operadores alimentarios de informar de forma clara sobre los alérgenos presentes en sus productos.

 La ley de información alimentaria fue complementada por el  Real Decreto 126/2015 sobre información sobre alérgenos en alimentos no envasados, ya que en estos es mayor el riesgo de contaminación. Este último deroga algunos artículos del RD 1134/1999 relativos a los productos sin envasar, los productos envasados en el comercio y la forma de presentar la información al consumidor.

 No necesitas leer todos estos reglamentos y normas para estar al día. ¡Aquí tienes todos los detalles!

 

2. ¿Qué dice la normativa de los alérgenos?

La ley especifica que todo operador alimentario está obligado a informar de la presencia de ciertos alérgenos en los alimentos que se venden envasados o sin envasar.

 Con respecto a los productos envasados, en la ley se recogen ciertas especificaciones sobre la forma de proporcionar la información en las etiquetas de los productos.

 En general, las letras de la información sobre alérgenos tendrán un tamaño mínimo de 1,2 mm, o de 0,9 mm si el tamaño del envase es inferior a 80 centímetros cuadrados.

 A los productos sin envasar, como hemos mencionado, se dedica en exclusiva un Real Decreto, ya que la mayoría de los incidentes por contaminación con alérgenos se relacionan con este tipo de productos.

 Esta norma define la obligatoriedad de proporcionar al consumidor información precisa sobre la presencia de alérgenos, aunque es más flexible en cuanto a la forma en la que esa información debe proporcionarse.

 

3. ¿Cuáles son los alérgenos de declaración obligatoria?

  1. Cereales que contengan gluten (trigo, centeno, cebada, avena, etc)
  2. Crustáceos y productos a base de crustáceos
  3. Huevos y productos a base de huevo
  4. Pescado y productos a base de pescado
  5. Cacahuetes y productos a base de cacahuetes
  6. Soja y productos a base de soja
  7. Leche y sus derivados
  8. Frutos de cáscara (nueces, almendras, anacardos, avellanas, etc)
  9. Apio y productos derivados
  10. Mostaza y productos derivados
  11. Sésamo y productos a base de granos de sésamo
  12. Dióxido de azufre y sulfitos
  13. Altramuces y productos a base de altramuces
  14. Moluscos y productos a base de moluscos

 Conocer y aplicar esta lista no exime a los operadores alimentarios de permanecer actualizados en todo momento. Puede suceder que en cualquier momento en el futuro se añadan nuevos ingredientes alérgenos.

 AESAN, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha creado esta guía con pautas para la aplicación de los requisitos legales en materia de información sobre alérgenos donde se amplía toda esta información con diversas recomendaciones.

 Por ejemplo, en la guía se aconseja incluir información sobre posibles contaminaciones cruzadas, o sobre la posible presencia de ingredientes alérgenos en los productos alimentarios.

 

4. ¿Quién tiene la obligación de informar sobre alérgenos?

Los operadores alimentarios. Según el texto legal, son operadores alimentarios las personas físicas o jurídicas que llevan a cabo actividades relacionadas con la producción, transformación y comercialización de productos alimentarios, sea con o sin ánimo de lucro.

 Esto incluye todos los establecimientos que ofrecen alimentos envasados o sin envasar: bares, supermercados, hoteles, comedores…

 

5. ¿Qué dice la ley sobre los alérgenos de declaración obligatoria en la venta a distancia?

En el caso de que los alimentos se vendan de forma no presencial, como por ejemplo, por teléfono o a través de una web, es obligatorio facilitar a los consumidores toda la información sobre ingredientes alérgenos antes de que éste realice la compra.

 Además, la información debe enviarse por escrito junto con los alimentos.

 Por supuesto, esta información no puede suponer ningún coste adicional al consumidor ni en el caso de la venta a distancia ni en ningún otro.

 ¿Hemos resuelto tus dudas sobre los alérgenos de obligada declaración en etiquetas? Si tienes cualquier consulta sobre el etiquetado de alérgenos o cualquier tema relacionado con la seguridad y la calidad alimentaria, te asesoramos. 

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